Antecedentes
En el mes de junio del año 2019, el Pleno del Senado reguló el home office, la minuta llegó a San Lázaro ese mismo año, pero no fue hasta este mes de diciembre, cuando ambas Cámaras (Diputados y Senado) dieron su aprobación.
¿Qué es el teletrabajo, también llamado Home Office?
Se define el teletrabajo como una organización laboral subordinada que consiste en el desempeño de actividades remuneradas en lugares distintos a los establecimientos del patrón, que no requieren la presencia física del trabajador, utilizando éste las tecnologías de información y comunicación para mantener el contacto y mando entre el trabajador y el patrón.
¿Cuáles son los principales cambios y adiciones a esta Reforma en la LFT?
· No se considerará teletrabajo, ”Home office” aquel que se realice en forma ocasional o esporádica.
- Las condiciones de esta modalidad deberán de constar por escrito y deberá de contener, además de los requisitos de los contratos previamente establecidos, lo siguiente:
- Equipos e insumos, incluyendo las obligaciones de seguridad y salud, entregada al trabajador
- Descripción y monto que se cubrirá al trabajador por concepto de servicios en el domicilio
- Mecanismos de contacto y supervisión, que deberán contener duración y distribución de horarios (respetando máximos legales).
- Esta modalidad deberá constar en el Contrato Colectivo y, en caso de que no se cuente con uno, se deberá de incluir en el Reglamento Interior de Trabajo.
- Se podrá cambiar de modalidad presencial a teletrabajo de manera voluntaria y por escrito. Asimismo, se crea un derecho de reversibilidad de teletrabajo a presencial.
- Cámaras de video y micrófonos solamente podrán ser utilizados para supervisar el teletrabajo de manera extraordinaria o cuando la naturaleza de las funciones lo requieran.
¿Cuáles son las obligaciones de los patrones en esta modalidad?
- Proporcionar, instalar y encargarse del mantenimiento de equipos necesarios para trabajar bajo esta modalidad (equipos de cómputo, sillas ergonómicas, impresoras, entre otros)
- Asumir los costos derivados del teletrabajo (servicios de telecomunicación y parte proporcional de electricidad)
- Llevar registros de los insumos entregados a los trabajadores bajo esta modalidad
- Respetar el derecho a la desconexión de los trabajadores en este esquema
¿Cuáles son las obligaciones de los trabajadores en esta modalidad?
- Tener el mayor cuidado en la guarda y conservación de los equipos, materiales y útiles recibidos del patrón
- Informar los costos pactados para el uso de servicios de telecomunicaciones y consumo de electricidad
- Atender y utilizar los mecanismos y sistemas operativos para la supervisión de actividades.
GONZALEZ GAYTAN, S.C.
Ciudad de México, a 21 de octubre de 2020.